¿Qué Es El F29?
El Formulario 29 es la declaración mensual de impuestos que deben presentar todos los contribuyentes de Primera Categoría que emiten boletas, facturas o realizan operaciones afectas a IVA en Chile. Es administrado por el SII bajo el DL 825.
En él se declara y paga mensualmente: el IVA, las Retenciones de trabajadores, los PPM y otros impuestos específicos. Es el formulario más presentado de Chile.
Declaración Mensual
Entre el 1° y el 20° de cada mes, informando el mes anterior (período tributario).
Exigido por el SII
Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (DL 825), administrado por el SII.
Pago a la TGR
Lo que resulte a pagar se entera en la Tesorería General de la República.
📌 ¿Cuál es la base legal del F29?
📌 ¿Es lo mismo el F29 y el F50?
📌 ¿Qué es el RCV y para qué sirve?
En el RCV puedes:
- Aceptar o rechazar facturas recibidas
- Ver el detalle de tus ventas del período
- Reclamar documentos incorrectos
- Revisar notas de crédito y débito
¿Quiénes Deben Presentarlo?
Deben Presentar F29
- Empresas con inicio de actividades en 1a Categoría
- Personas naturales con giro comercial
- Contribuyentes afectos a IVA
- Empleadores con trabajadores dependientes
- Empresas con PPM obligatorio
- Incluso quienes tuvieron movimiento $0 (presentan en cero)
No Presentan F29
- Personas naturales que solo emiten boletas de honorarios (presentan F50)
- Contribuyentes sin inicio de actividades vigente
- Contribuyentes acogidos a renta presunta sin afectación a IVA
Sin movimiento igual debes presentar el F29 en cero. Omitirlo genera multa mínima de 1 UTM.
Plazos de Presentación
El F29 se presenta entre el día 1° y el día 20° del mes siguiente al período tributario declarado. Si el día 20 cae sábado, domingo o festivo, el plazo se extiende al siguiente día hábil.
Estructura del F29
| Sección | Qué Contiene | Tipo |
|---|---|---|
| A — Ventas / Servicios | Débito fiscal por ventas afectas a IVA, exportaciones, ventas exentas | Obligatorio |
| B — Compras / Servicios | Crédito fiscal por compras e importaciones afectas a IVA | Obligatorio |
| C — Remanentes CF | Crédito sobrante de períodos anteriores que se arrastra | Condicional |
| D — IVA a Pagar / Remanente | Resultado neto del IVA: débito fiscal menos crédito fiscal | Obligatorio |
| E — Retenciones | IUT trabajadores, honorarios, retenciones de terceros | Condicional |
| F — PPM y Créditos | Pagos Provisionales Mensuales, crédito SENCE, donaciones, etc. | Condicional |
| G — Impuestos Específicos | Combustibles, lujo, bebidas alcohólicas, tabaco, etc. | Opcional |
| H — Total a Pagar | Suma total de impuestos a enterar en TGR | Obligatorio |
Calculadoras Tributarias
* Todos los montos son valores NETOS (sin IVA). El sistema calcula el 19% automáticamente.
Cómo Presentar el F29
Ingresa al Portal SII
Ve a sii.cl → Servicios Online → Declaración y Pago F29. Usa tu RUT + Clave SII.
Revisa el RCV
Verifica el Registro de Compras y Ventas. Confirma que todas tus facturas estén bien registradas. Rechaza las que no reconoces.
Selecciona el Período Tributario
El período es el mes que estás declarando (declaras en mayo = período abril). El SII lo muestra automáticamente.
Revisa y Completa el Formulario
El SII pre-llena con el RCV. Agrega manualmente: PPM, retenciones IUT, créditos especiales (SENCE, donaciones), etc.
Verifica el Total a Pagar
El formulario calcula automáticamente el total en sección H. Verifica que la cifra sea coherente con tu operación.
Declara y Paga
Haz clic en "Declarar y Pagar". Si hay impuesto, el sistema te lleva a TGR para pagar con transferencia o tarjeta.
Guarda el Comprobante
Descarga el PDF con folio. Guárdalo por al menos 6 años (plazo de prescripción tributaria).
Errores Más Comunes
🚨 No Presentar "en Cero"
Sin movimiento igual hay que declarar. El SII multa igualmente.
🚨 Período Equivocado
Declarar el mes incorrecto genera una declaración fuera de plazo.
🚨 No Revisar el RCV
Confiar ciegamente en el pre-llenado puede incluir facturas duplicadas o incorrectas.
🚨 Crédito Fiscal Personal
Incluir IVA de compras que no son del giro (supermercado, etc.).
🚨 No Declarar IUT
Empleadores que no declaran el Impuesto Único a los Trabajadores.
🚨 Pagar sin Declarar
Pagar sin haber enviado la declaración. El SII no asocia el pago.
No presentación: 10% del impuesto adeudado (mínimo 1 UTM, máximo 30 UTA).
No pago: Interés penal 1,5% mensual + reajuste IPC.
Presentación tardía sin impuesto: Multa de 1 UTM igualmente.
Dolo o falsedad: Hasta 300% del impuesto + penas privativas de libertad.
Quiz del Sensei
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